miércoles, 30 de enero de 2013

JUICIO INJUSTO A JESÚS

     El caso de Jesús , desde el punto de vista del Derecho Romano, hubiera sido defendible. Totalmente defendible . Empecemos por lo fundamental : ¿ de qué fue acusado Jesús ? , lejos de lo que mucha gente puede llegar a pensar no fue acusado de ser un "Mesias" o de ir predicando la Palabra de Dios , sino más bien la acusación que recaía sobre él era de agitador, perturbador, incitador a la rebelión, etc... en definitiva una especie de apologeta del disturbio y la desobediencia civil , de no pagar tributos al César, de sedición y de autoproclamarse "Basileus", es decir : Rey. Quizá esto sea lo más grave a la hora de calificar los supuestos delitos de los que era acusado Jesús . Esto fue quizá lo que los romanos menos toleraban. Era un delito de "lesa majestad" . Para el que no lo sepa la " lesa majestad " es es un crimen u ofensa hecha en contra la dignidad de un rey o monarca o contra el Estado. Las fuentes de este tipo de delito datan de la época del Emperador Tiberio ( aprox 15 dC), era una ofensa criminal contra la dignidad de Roma y era aplicado esencialmente a las ofensas realizadas contra su persona. Pero para mi se disípan todas las dudas cuando supuestamente y según el Nuevo Testamento dijo Jesús " Dad al César lo que es del César ". Quizá lo que finalmente le matara fue afirmar que es Rey de un mundo que no es de este mundo. Cosa inenteligible para el romano medio. Si dices que eres Rey en una zona conquistada por Roma, estás diciendo que tu autoridad está por encima no solo ya del Rey-Títere que tenemos en la zona ( Heródes ) sino que te consideras por encima del César de Roma.Pero realmente no lo veo como un delincuente de lesa majestad.

Simón Bar Kokhba, este sí que fue un verdadero "delincuente" de lesa majestad



     La lesa majestad era castigada con la crucifixión. Pero los judíos no veían en la persona de Jesús como un criminal de lesa majestad, sino su falta era más bien de tipo religioso . Así pues , al no ser acusado formalmente de lesa majestad  , como sospechaban las autoridades romanas, dicha Autoridad quiso desvincularse del caso y dejar la cuestión como un simple castigo físico de escarmiento.

    Irregularidades procedimentales ante el Sanedrín :

     1º No se podían celebrar juicios ni en Sábados ni en festivos ni los días previos a los mismos.
Sin embargo Jesús fue interrogado en la noche de un festivo.
     2º El Derecho Procesal judío indica claramente que los juicios debían celebrarse de día. Sin embargo Jesús fue llevado a juicio sumario del Sanedrín siendo de noche.
     3º  Las sesiones debían ser públicas y tenían que darse en el patio del Templo . Sin embargo Jesús es interrogado en la casa particular del Pontífice. Esto es muy curioso cuanto menos.
     4º Los delitos con pena de muerte debían ser probados por dos testigos como mínimo. Sin embargo la base de la condena de Jesús estuvo fundamentada en su propia declaración, sin que hubiera testigos que la ratificaran.

Jesus ante el Sanedrín

      Poncio Pilato jugó en este proceso en un doble rasero. Por una parte da la posibilidad a los judíos a que aplíquen sus propias normas procesales, pero sin embargo aplica el Derecho Romano en cuanto a lo que afecta al Orden Público. Es seguro que si dede el principio de el proceso se le hubiera aplicado a Jesús el Derecho Romano éste hubiera tenido muchísimas más garantías procesales.



No hay comentarios:

Publicar un comentario